Vialidad invernal: Consejos y pautas a seguir


Nos encontramos ya en la época de Vialidad Invernal, donde los Centros de Conservación de Carreteras deben preparar sus equipos y a sus operarios para lidiar con las bajas temperaturas, y con las inclemencias del tiempo (hielo y nieve) que dificultan enormemente la conservación de carreteras.

Para gestionar eficazmente la conservación de carreteras en esta época es necesario tener presentes varios aspectos, que a continuación mostramos:

  • 1.- Tecnología necesaria:
    • Software de gestión y visualización necesario:
    • Sistemas ITS a implantar para la gestión de la vialidad invernal:
      • Sistemas de Gestión de flotas mediante GPS, fundamental para diseñar al instante la estrategia de trabajo más eficaz, en función de los medios disponibles y del estado de la carretera. También se pueden utilizar soluciones innovadoras en este campo, como el uso de los teléfonos móviles a modo de GPS.
      • Sistemas meteorológicos, que ofrecen numerosa información (temperatura ambiental, del asfalto, etcétera), contando con sistmas de alerta para avisar a los responsables cuando la temperatura es inferior a lo indicado. En Tecnocarreteras, además de instalar estaciones meteorológicas, hemos desarrollado un sistema de nodos sensoriales meteorológicos.
      • Cámaras de explotación o sistemas de información visual: En función de las necesidades del gestor, se puede optar por una de estas soluciones:
  • 2.- Normativa que deben cumplir los equipos de Vialidad Invernal.
    • Legislación a cumplir cuando el equipo de vialidad es un vehículo (para equipos fijos al chasis):
      • Si el chasis portante es nuevo: Real Decreto 750/2010, de 4 de junio, por el que se regulan los procedimientos de homologación de vehículos de motor y sus remolques, máquinas autopropulsadas o remolcadas, vehículos agrícolas, así como de sistemas, partes y piezas de dichos vehículos.
      • Si el chasis portante está matriculado: Real Decreto 866/2010, de 2 de julio, por el que se regula la tramitación de las reformas de vehículos. (Hay que hacer una reforma del vehículo después de su matriculación)
    • Legislación a cumplir cuando el equipo de vialidad es una carga:
      • Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.
        • Con respecto a la disposición de la carga, hay que tener en cuenta lo siguiente: El transporte de cargas molestas, nocivas, insalubres o peligrosas, así como las que entrañen especialidades en su acondicionamiento o estiba, se atendrá, además, a las normas específicas que regulan la materia.
        • El amarre de los esparcidores al chasis portante, deberá estar acorde a la Norma: UNE-EN 12195 – 1.
    • Legislación a cumplir cuando el equipo de vialidad es un implemento:
      • El equipo como ?implemento?, normalmente delantero, no está reglamentado. Es decir, no forma parte de la homologación de un vehículo como tal.
      • La homologación Reglamentada termina en:
        • La placa porta-implementos delantera, la cual si debe de estar documentada con marcado CE.